INEXTENSO.- Ocho son las marcas de espuma que fueron autorizadas para su comercialización en estas fiestas de Carnaval, y esta prohibido la venta de globos con agua, pidió registro sanitario para la venta de maquillaje y exigió que las máscaras deben tener al menos cinco orificios.
Las espumas que cuentan con esta autorización son: Reina Mora, Cosminieve, Rick, Alegría Carnavalera, Goldery, Carnaval Bbb, Fiesta y Rey Kiko. Las mismas están libres de sustancias dañinas a la capa de ozono, como el R-22, que es un refrigerante, según informó el Intendente Municipal, Raúl Salta.
La definición de qué espumas de carnaval son válidas para su uso la otorga la Resolución Administrativa del Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal N° 011/2022, entidad ante la cual las empresas productoras y/o comercializadoras obtuvieron sus permisos.
En cuanto a la comercialización de máscaras, el intendente Salta explicó que deben contar con un mínimo de cinco orificios para la respiración, asimismo, no deben desprender pintura ni en la cara ni la contracara del producto.
Además, los productos de maquillaje de cara y cuerpo, así como la pintura para el cabello, deben contar con el registro sanitario emitido por el Ministerio de Salud y Deportes. Todas las actividades económicas que comercialicen los productos autorizados deberán cumplir con las medidas de bioseguridad.
Salta anunció que el municipio desarrollará una campaña de cuidado del uso de agua en Carnaval. “Estará enfocada a los niños, adolescentes y jóvenes para generar consciencia de cuidado del recurso hídrico en el juego con agua”.
Anunció que efectivos de la Intendencia Municipal iniciará sus operativos, desde este miércoles, en distintas zonas para controlar la venta de estos productos y cuidar la salud de la población.
Las espumas autorizadas y el accionar de la Intendencia Municipal están respaldadas en el marco de la Ley No 1333, el Decreto Supremo No 27562, Reglamento de Gestión Ambiental de Sustancias Agotadoras del Ozono, la Resolución Administrativa del Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal No 011/2022, y la Ordenanza Municipal No 051/17.
En cuanto a las pinturas de cabello y máscaras, el municipio se rige por la Decisión Legislativa de Cosméticos No 516/02, Resolución Ministerial No 0909/05, emitida por el Ministerio de Salud y Deportes. rc/bs/amun/md