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Inextenso(panbolivia.net-WordPress) enero 19 de 2022, La Paz.- El Comité de Emergencia de Operaciones Departamental (COED) el Gobernador Luis Fernando Camacho ratificó ampliar el horario de circulación, de 05:00 a 00:00 horas, luego de que los contagios por Covid-19 bajaron considerablemente en los últimos días.
Mientras que los mercados y centros comerciales atiendan hasta las 23:00 horas. Estas medidas serán puestas en vigencia desde este miércoles 19 hasta el lunes 31 de enero.
Conozca las nuevas disposiciones:
1.- Continuar y agilizar las gestiones del Gobierno nacional para reabrir el hospital Óscar Urenda de Montero,
2.- Se permite las actividades de los comercios, mercados, supermercados y demás actividades económicas para que funcionen desde las 05:00 hasta la 23:00 horas, cumpliendo las respectivas medidas de bioseguridad establecidas en el decreto departamental Nº 325 del 10 de diciembre de 2020, que dispone: “(…) todas las personas que se encuentren dentro del territorio departamental, obligatoriamente deben cumplir con las siguientes medidas de bioseguridad: distanciamiento físico mínimo de un metro y medio, uso de barbijo, uso de alcohol en gel y lavado permanente de las manos.
3.- La prohibición de circulación de personas y de todo tipo de vehículos motorizados y no motorizados, públicos y privados, será entre las 02:00 a 05:00 horas. Autorizando de manera excepcional la circulación de los vehículos de servicios esenciales, vehículos de emergencia y/o por fuerza mayor, cadena alimenticia y abastecimiento, Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz, Gobiernos Autónomos Municipales e Indígenas Originarios Campesinos, Fuerzas Armadas, Policía Boliviana y personal de salud, quienes deberán exhibir sus respectivas credenciales institucionales. Además, los delivery igual podrán circular desde las 05:00 hasta las 00:00 horas.
4.- Quedan exceptuados de las restricciones de circulación establecida las unidades motorizadas de servicios esenciales, vehículos de emergencia u/o de fuerza mayor, así como vehículos privados o públicos que por fuerza mayor trasladen a personas por cuestiones de emergencia de salud.
5.- Sugerir a los municipios del departamento, de acuerdo a su nivel de riesgo, implementar las medidas de contención necesarias y declaratorias de emergencias o desastres. De la misma forma los municipios deben normar las medidas restrictivas en el transporte y comercio.
6.- Permitir la realización de eventos con un aforo de 50% en espacios abiertos o cerrados, reforzando las medidas de bioseguridad y efectuando los controles preventivos.
7.- Permitir la movilización de los vehículos de servicio de transporte de carga interprovincial e intermunicipal de cualquier naturaleza, de lunes a domingo, las 24 horas del día a fin de abastecer la cadena alimenticia, materiales, productos e insumos y materias primas a todo el departamento
8.- Exigir al Ministerio Público y a las autoridades competentes la fiscalización de las recomendaciones dictadas por el COED aplicando las sanciones correspondientes (clausuras inmediatas).
9.- Recomendar a las empresas públicas y privadas seguir promoviendo la vacunación contra el Covid-19 entre sus empleados y en la población en general.
10.- Recomendar a los municipios la implementación de mecanismos de sensibilización dirigidos a padres de familia para contener los contagios en la población menor a 17 años.
11.- Recomiendan a los municipios cumplir con la corresponsabilidad para acelerar los procesos de vacunación contra el Covid-19 y el cumplimiento de las nuevas estrategias
12.- Seguir reforzando e intensificando los patrullajes nocturnos que se vienen realizando con la Policía Boliviana, Fuerzas Armadas, Ministerio Público, Gobiernos Autónomos Municipales e Indígenas Originarios Campesinos y otras instituciones, con el fin de hacer cumplir las medidas de bioseguridad y restricciones dictaminadas por las entidades territoriales autónomas y el COED-Santa Cruz.
13.- Solicitamos el apoyo de la Policía Boliviana en el control de los puestos de vacunación tomando en cuenta el compromiso del representante de la Policía en la reunión y a lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Policía y la Constitución Política del Estado.
14.- De continuar el ascenso de casos y un comportamiento no adecuado de la población, se podrían asumir otras medidas restrictivas. (rc/bs)