IN EXTENSO.- El Alto Representante de la Unión Europea emitió un comunicado oficial este domingo pronunciándose sobre la sentencia a 10 años de cárcel en contra de la expresidenta Jeanine Añez.
En la nota se refiere a las observaciones preliminares de la misión de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Oacnudh) en Bolivia, que señaló que los procedimientos “no respetaron plenamente el derecho al debido proceso de la señora Áñez”.
Mencionan también el cuestionamiento al tipo penal de “incumplimiento de deberes” por el que fue sentenciada la expresidenta, “delito por el cual Áñez fue condenada, era excesivamente amplia y ambigua. También hubo problemas con el uso excesivo y no excepcional de la prisión preventiva”.
De la misma forma anuncian la observación del organismo de la ONU al escaso acceso a la prueba testifical y el formato virtual e híbrido de las audiencias.
Los informes y observaciones coinciden con lo que conocen y vieron millones de bolivianos en los hechos de la expresidente Jeanine Añez, el 2019, cuando una Resistencia Civil se levantó contra la dictadura de Evo Morales y sus operadores, que intentaron eternizarse en el cargo mediante un FRAUDE y viaolación de la CPE y pese a esto sigue libre, porque los encubre la justicia bolivianas y el gobierno de Luis Arce.
Mientras el operador ministro de Justicia, Iván Lima se pronunció sobre las observaciones de organismos internacionales como la Organización de Naciones Unidad (ONU) y la Unión Europea, intentando relativizar y manipular las versiones a favor del gobierno, justificando con ello la setencia de Añez, aspecto que no es verdad.
DOCUMENTO DE OBSERVACIONES
Organización de las Naciones Unifdas (ONU) observa el “incumplimiento de deberes” y uso excesivo de la detención preventiva en el proceso contra Áñez.
La Misión Técnica de la OACNUDH realizó la observación al proceso judicial en el caso mentiroso e inventado y manipulado denominado «golpes» en el primer juicio forzado y dirigido políticamente a la sentencia injusta.
La Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) identificó seis «observaciones preliminares» al proceso judicial que encaró la expresidenta Jeanine Áñez (condenada a 10 años de cárcel) y otros ocho acusados respecto al caso «Golpe II».
Un comunicado en Twitter, el organismo manifestó que la misión se centró en observar el respeto debido proceso y la transparencia en los procedimientos judiciales, sobre las normas, estándares y jurisprudencia internacional, incluidos los Tratados de Derechos Humanos ratificados por el Estado Plurinacional de Bolivia.
La OACNUDH indicó que las observaciones preliminares se llevaron a cabo bajo la independencia de las decisiones en el correspondiente debido proceso y la transparencia en los procedimientos judiciales.
1. Una de las primeras observaciones es al tipo penal de «incumplimiento de deberes», señala que es “incompatible con el principio de legalidad”, además de ser “excesivamente amplio y ambiguo”.
2. En relación al uso excesivo de la detención preventiva, señala que se observó una “acumulación de detenciones preventivas por los mismos hechos bajo diferentes delitos”. Señalan que esta medida de acuerdo al derecho internacional tiene un carácter excepcional en su uso.
3. Señalaron que tanto las medidas sobre la pandemia contra el Covid-19, así como las alteraciones al orden público “tuvo un impacto en el principio de publicidad” respecto al acceso del público y de los medios de comunicación. Asimismo, se afectó el principio de inmediación, en relación al contacto director del juez con los sujetos del proceso. Identifica que en especial se afectó a las tres personas detenidas preventivamente. “La restricción a la presencialidad física de personas acusadas en su propio juicio exige condiciones más estrictas con vistas a garantizar plenamente sus derechos”.
4. Señalan que como norma general los juicios en “ausencia” o en “rebeldía” deben evitarse por el impacto que puede tener en las personas acusadas que tienen derecho a la defensa.
5. La decisión del Tribunal de Sentencia de no exigir la comparecencia de testigos afectó a todas las partes en sus derechos procesales.
6. “La participación de numerosas partes acusadoras, entre las que se encontraba la Fiscalía, la Procuraduría General del Estado, el Ministerio de Gobierno y un senador “afectó el equilibrio procesal”.