LA PAZ.- El gobierno mediante el Ministerio de Trabajo indica que el beneficio alcanza a los servidores de instituciones públicas que trabajaron en una misma entidad por un mínimo de tres meses de manera ininterrumpida en la presente gestión.
Según el comunicado “Las entidades públicas en el marco de la Constitución Política del Estado y las normas vigentes, deben proceder al pago del Aguinaldo de Navidad – 2024, conforme al siguiente instructivo (001/2024.)”, refiere la reciente publicación del Ministerio.
Los beneficiarios del pago del aguinaldo de Navidad son servidores públicos de todas las entidades que comprenden los Órganos del Estado Plurinacional, instituciones que ejercen funciones de control, de defensa de la sociedad y de defensa del Estado, entidades territoriales autónomas, universidades públicas, empresas públicas, instituciones financieras bancarias y no bancarias e instituciones públicas de seguridad social.
El beneficio alcanza a los servidores públicos que trabajaron en una misma entidad por un mínimo de tres meses de manera ininterrumpida en la presente gestión, y que estén considerados en la Planilla de Personal Permanente de las partidas de gasto: 11100 «Haberes Básicos» para el Magisterio Fiscal y 11700 «Sueldos» para el resto de entidades públicas.
Agrega que los cambios de dependencia laboral que hubieren efectuado entre entidades públicas que ejercen tuición y sus entidades descentralizadas y/o desconcentradas y entre éstas, no se consideran como continuidad laboral.
El documento aclara que se pagará el beneficio, considerando el tiempo de servicios prestados ininterrumpidamente en una entidad pública, independientemente de las readecuaciones organizacionales y funcionales que se efectuaron al interior de la misma. PAN Noticias.
LA PAZ.- El gobierno mediante el Ministerio de Trabajo indica que el beneficio alcanza a los servidores de instituciones públicas que trabajaron en una misma entidad por un mínimo de tres meses de manera ininterrumpida en la presente gestión.
Según el comunicado “Las entidades públicas en el marco de la Constitución Política del Estado y las normas vigentes, deben proceder al pago del Aguinaldo de Navidad – 2024, conforme al siguiente instructivo (001/2024.)”, refiere la reciente publicación del Ministerio.
Los beneficiarios del pago del aguinaldo de Navidad son servidores públicos de todas las entidades que comprenden los Órganos del Estado Plurinacional, instituciones que ejercen funciones de control, de defensa de la sociedad y de defensa del Estado, entidades territoriales autónomas, universidades públicas, empresas públicas, instituciones financieras bancarias y no bancarias e instituciones públicas de seguridad social.
El beneficio alcanza a los servidores públicos que trabajaron en una misma entidad por un mínimo de tres meses de manera ininterrumpida en la presente gestión, y que estén considerados en la Planilla de Personal Permanente de las partidas de gasto: 11100 «Haberes Básicos» para el Magisterio Fiscal y 11700 «Sueldos» para el resto de entidades públicas.
Agrega que los cambios de dependencia laboral que hubieren efectuado entre entidades públicas que ejercen tuición y sus entidades descentralizadas y/o desconcentradas y entre éstas, no se consideran como continuidad laboral.
El documento aclara que se pagará el beneficio, considerando el tiempo de servicios prestados ininterrumpidamente en una entidad pública, independientemente de las readecuaciones organizacionales y funcionales que se efectuaron al interior de la misma. PAN Noticias.