IN EXTENSO.- El gobierno aprobó cuatro decretos entre los más importantes dos que establecen y detallan los alcances del incremento salarial para los trabajadores con salario fijo en su mayoría de grupos del MAS, como los empleados públicos y la mayoría de los bolivianos no contarán con ese aumento. Mientras que los privado concidonarán el mismo para no perder las fuentes laborales caso contrario ser despedidos.
Decreto Supremo 4928, el cual establece el salario mínimo nacional para la gestión 2023, cuyo monto determinado en los sectores público y privado es de Bs 2.362, cifra que suerge después de anunciarse el aumento de 5%, siendo su aplicación obligatoria y sujeta a las acciones de control y supervisión del Ministerio de Trabajo.
El decreto recoge también la determinación de incremento salarial de “hasta el tres por ciento” para el personal del sector público, es decir, los profesionales y trabajadores en el sector de salud; personal docente y administrativo del Magisterio Fiscal, así como para el Servicio Departamental de Gestión Social (Sedeges), miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Boliviana. El sector privado debe aplicar el 3%
De acuerdo a las disposiciones, tendrá efecto retroactivo al 1 de enero de 2023, el cual deberá hacerse efectivo hasta el 31 de mayo de la presente gestión (tomar nota los empleadores).
Sobre las entidades territoriales autónomas y sus respectivas instituciones desconcentradas y descentralizadas, conforme a lo establecido en las leyes vigentes, podrán fijar el incremento salarial de hasta el tres por ciento (3%) a la escala salarial vigente, de acuerdo a su disponibilidad y sostenibilidad financiera. En la medida están las universidades públicas, las cuales podrán fijar el incremento precautelando su capacidad financiera a través de sus honorables o ilustres consejos universitarios. rc/bs/md