IN EXTENSO/LA PAZ.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió un informe en el que se declara inadmisible una demanda presentada contra el Estado Plurinacional de Bolivia por la repostulación de Evo Morales en 2019 al considerar que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió una sentencia en 2023 en la que rectifica su posición de autorizar la reelección indefinida y en la actualidad impide el ejercicio de un tercer mandato presidencial.
La Comisión aclaró y advierte que la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió un dictamen, a través de una Opinión Consultiva, en el que se concluyó que “la reelección presidencial indefinida no constituye un derecho autónomo protegido por la Convención
Mediante la Sentencia Constitucional 1010/2023 el 28 de diciembre de 2023 se resolvió que el presidente y vicepresidente pueden ser reelectos “por una sola vez de manera continua, lo que significa, tal como se señaló precedentemente, que el ejercicio de dicho cargo puede extenderse a otro periodo similar de manera continua, no siendo posible pretender posterior a ello, volver a candidatear y menos ejercer dichas funciones por un tercer periodo”, con lo cual es sellada las aspiraciones del cocalero que ya va por la cuarta fecha y con los es “eliminado” de las siguientes elecciones en Bolivia.
El abogado Waldo Albarracín en su alegato se señalaba la responsabilidad internacional del Estado por la emisión de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0084/2017 del 28 de noviembre del 2017, que consideran dejó sin efecto los resultados del referendo al desconocer la victoria del “No” a la reforma constitucional que permitiría una segunda reelección.
El informe emitido el pasado 30 de agosto de 2024 fue firmado por Carlos Bernal Pulido, Primer Vicepresidente; José Luis Caballero Ochoa, Segundo Vicepresidente; Edgar Stuardo Ralón Orellana y Andrea Pochak. PAN Noticias. F;bp