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Inextenso (panbolivia.com) marzo 13 de 2021, La Paz.- La comuna, dispuso desde este sábado 13 de marzo la reapertura de los campos deportivos municipales que están bajo su administración, aunque los deportistas deben contar con medidas de bioseguridad específicas.
Con ello vuelve la actividad deportiva en la ciudad, que por cierto cierto durante la gestión de Luis Revilla fue la más pobre e improvisada al organizar eventos intrascendentes.
Tras verificarse de la disminución de contagios, según reportes de las instituciones de salud, es que se decidió emitir la normativa “flexible”. La misma menciona en sus consideraciones que en caso de regresar a un incremento de contagios por COVID-19 se dispondrá nuevamente el cierre de los espacios deportivos.
El artículo 1 del Decreto Municipal 010/2021, promulgado hoy por el Alcalde Luis Revilla, señala: “Disponer la reapertura de los campos deportivos de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, con las medidas establecidas en el Protocolo de Bioseguridad de los servicios prestados por la Dirección de Deportes, que en anexo forman parte del Decreto Municipal 038/2020 del 13 de noviembre de 2020”.
En varios periodos de la pandemia se intercaló la apertura y cierre de los espacios dedicados para el deporte. El 28 de enero los cerraron nuevamente luego que detectaron incumplimiento en las medidas de bioseguridad por parte de los usuarios y ante el incremento de contagios en la segunda ola del COVID-19.
Ademas de aplicar las medidas de bioseguridad, también se reducirá el aforo de cada espacio deportivo conforme a la disciplina deportiva y el número de participantes.
Para las actividades deportivas, los protagonistas deberán regirse a las restricciones, condiciones y medidas de bioseguridad establecidas en una anterior normativa, el Decreto Municipal 038/2020. Este cuerpo legal señala que el promedio de aforo es al 50%, sobre todo en los deportes grupales, además se exigía el uso de insumos de cuidado personal, desinfección de manos, reducción de participantes en juego y evitar abrazos y saludos, entre otros.
Por otro lado, dispone que son infracciones: incumplir con la declaración jurada de Protocolo de Bioseguridad y responsabilidad en caso de incumplimiento. Además, incumplir el protocolo de bioseguridad, funcionar fuera de los días, horarios permitidos; e impedir el ingreso del personal del GAMLP que hace controles. (rc/bs/amn)