IN EXTENSO/LA PAZ.- El Tribunal Constitucional Plurinacional ratificó este viernes que Evo Morales no podrá postularse a la presidencia nuevamente, al confirmar que la reelección está limitada a dos mandatos, ya sean continuos o discontinuos, según la Constitución Política del Estado.
AUTO CONSTITUCIONAL
En el Auto Constitucional 0083/2024 ECA, el Tribunal resolvió una solicitud de enmienda, aclaración y complementación de la Sentencia Constitucional Plurinacional 1010/2023-S4, presentada por el diputado José Carlos Gutiérrez Vargas, en el marco de un amparo constitucional interpuesto por Miguel Ángel Balcázar Ruiz contra David Choquehuanca Céspedes, presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
El período de mandato de los representantes nacionales, ya sean del Ejecutivo, Legislativo o Judicial, se sujeta a las reglas constitucionales vigentes, lo que limita a los titulares de estos cargos a un máximo de dos períodos, ya sean continuos o discontinuos.
El TCP, aclara el objetivo del Constituyente es evitar la permanencia excesiva de una autoridad electa en cualquiera de los poderes del Estado.
Describe que “El periodo de mandato de los representantes nacionales, se sujetará a las reglas constitucionales señaladas en el mismo, siendo posible para los Órganos Legislativo, Ejecutivo y Judicial, el ejercicio de dicho mandato por dos periodos similares, sean estos continuos o discontinuos sin posibilidad de ampliarse a un tercer mandato; dado que, el fin del Constituyente, a partir de lo determinado por la Constitución Política del Estado en actual vigencia, es evitar de cualquier modo, la permanencia de una autoridad electa; en el caso de los Órganos Ejecutivo y Legislativo por más de diez años; en el Judicial por más de 12 años; y en el Electoral a uno solo sin posibilidad a reelección”. PAN Noticias.