IN EXTENSO.- El Decreto Departamental de Chuquisaca para el Auto de Buen Gobierno que regirá durante el Censo Nacional de Población y Vivienda, el sábado 23 de marzo, establece la suspensión de actividades, prohibiciones y restricciones. Pero también sanciones mediante el Código Penal y otras leyes de carácter nacional.
Esta claro que estarán suspendidas las actividades públicas y privadas y quedará prohibidas el tránsito de personas y vehículos y el consumo de bebidas alcohólicas en especial.
El Auto de Buen Gobierno en Chuquisaca establece que todas las restricciones y prohibiciones “son de cumplimiento obligatorio para todos los estantes y habitantes de la jurisdicción del Departamento” y señala sanciones de acuerdo con el Código Penal, el Código de Tránsito y la Ley Nº259 de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas.
SANCIONES
La sanción por incumplimiento del Auto de Buen Gobierno se aplicará con el artículo 60 del Código Penal, que dispone una multa de 30 a 100 días.
Esta norma señala en otra parte que esta multa “consiste en el pago a la Caja de Reparaciones, de una cantidad de dinero que será fijada por el juez en días-multa, en función a la capacidad económica del condenado, sus ingresos diarios, su aptitud para el trabajo y sus cargas familiares, considerados al momento de dictarse la sentencia”.
Artículo 144 del Código de Tránsito (INFRACCIONES): Las infracciones, de competencia de la Policía del Tránsito serán sancionadas con arresto, inhabilitación de la licencia o multa.
BEBIDAS ALCOHOLICAS
Finalmente, el consumo de bebidas alcohólicas en establecimientos públicos y privados desde las cero horas del viernes 22 de marzo será castigado mediante la Ley Nº259 de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, que establece multas, clausura y arrestos.
Establece la presente Ley, serán sancionadas con un mínimo de 2.000.- UFVs de multa de acuerdo a los parámetros establecidos por los Gobiernos Autónomos Municipales y la clausura temporal de 10 días continuos.
Mientras que las personas naturales que vulneren las prohibiciones determinadas en el Artículo 19 de la presente Ley, serán sancionadas con una multa de 250.- UFVs. o trabajo comunitario en la forma y plazos señalados por los Gobiernos Autónomos Municipales, en coordinación con la Policía Boliviana. Sucre/CENSO/PAN Noticias.