IN EXTENSO.- Pretendiendo eternizarse en la Presidencia de Bolivia por tiempo indefinido, Evo Morales provocó una serie de enfrentamientos a su renuncia voluntaria y muertes por sus seguidores el 2019, cuando en la realidad nunca hubo “golpe”, si no hizo fraude el cocalero y no podrá nunca más ser candidato y en todo este tiempo tenían razón los bolivianos que salieron a la calles y junto a los “Pititas” echaron al jefe de los masistas.
A ello se suma el referendo del 2016, cuando le negaron la posibilidad de ir reelecto de manera indefinida, cuando la mayoría de los bolivianos votaron en contra de los masistas y pese a eso buscó por cualquier medio seguir en el gobierno para el colmo la justicia dio paso a que siga en carrera y hace poco borró con el codo lo que hizo con la mano.
El pasado viernes, salió a la luz la Sentencia Constitucional 1010/2023, en la cual se señala que la “reelección presidencial indefinida no es un derecho humano”, que en su momento le concedieron esa oportunidad, vulnerando la CPE y quienes aprobaron deben ser enjuiciados e incluso el mismo Morales.
De acuerdo con los datos obtenidos por el TCP, “el presidente y vicepresidente no pueden ejercer mandato más de dos veces de forma continua o discontinua”.
Pero no solo en esos cargos también “los senadores y diputados no pueden ejercer mandato más de dos veces de forma continua o discontinua”.
ARTICULO 168
Mientras que el artículo 168 de la Constitución Política del Estado (CPE) ordena que la gestión de un presidente y vicepresidente dura cinco años y “pueden ser reelectos por una sola vez de manera continua” y Evo Morales fue hasta la tercera gestión de manera ilegal.
Recordemos que en 2017, los magistrados del TCP de manera ilegal habilitaron al fraude Evo Morales, pese los establecido en la Carta Magna.
La sentencia constitucional 084/2017 sostenía que la reelección presidencial es un derecho humano. Así, Morales terció en los comicios de 2019 y que al final renunció voluntariamente, jamás hubo ningún golpe inventado por el jefe del MAS.
Tras conocerse el asunto el ex Presidente Evo Morales afirmó que el fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) sobre la reelección, que supuestamente lo inhabilita para terciar en los futuros comicios presidenciales, es “un servicio político para asegurarse la autoprórroga y a cambio perjudicar al MAS”.
En realidad, no existe un tercer mandato en la CPE de Bolivia, y el único que queda en el aire es Morales como el 2019 en el fraude y el pueblo boliviano lo echó del cargo.
NO DA LA CARA
Un texto escrito en sus redes sociales, el jefe chapareño que se redujo el MAS en esa región chapareña, dijo “El mundo es tan chico. Todo se sabe”.
DOLIDO Y RECONOCE
El jefe de los masistas, afirmó que “gracias a las informaciones de servidores del Tribunal Constitucional Plurinacional que no quieren ser parte de las maniobras políticas en la justicia” conoció que la Sentencia Constitucional 1010/2023-S4 fue iniciada por un exfuncionario del Ministerio de Justicia, Miguel Ángel Balcazar Ruiz.
Según dice que la finalidad est¡a persona era “reclamar por su derecho a la libertad de expresión y paralizar la elección de magistrados, anulando el reglamento de preselección de candidatos a magistrados”.
Agrega en su portal que “El 13 de abril de 2023, la Sala Constitucional del Beni, resolvió la Acción de Amparo a favor del exfuncionario del Ministerio de Justicia. Pero antes de fin de año los magistrados autoprorrogados René Yván Estrada Navía y Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano metieron de contrabando en la sentencia de revisión. Temas de la reelección presidencial que no fueron mencionados por Miguel Ángel Balcazar Ruiz”, señaló Morales.
SATISFACCIÓN EN BOLIVIANOS
Morales atino a decir “Que el pueblo juzgue. Los criterios de inhabilitación introducidos por Hurtado y Estrada a espaldas de la sala plena del Tribunal Constitucional Plurinacional son un servicio político para asegurarse la autoprórroga de su mandato y a cambio perjudicar al MAS-IPSP”.
Mientras diferentes sectores dieron su satisfacción por corregir el gran error que cometieron los exmiembros del TCP que deben ser enjuiciados, aunque eso no quiere decir prorrogarse en los cargos judiciales.
¿CUÁL FUE LA BASE?
A solicitud del Gobierno de Colombia, que escuchó el pedido de opositores bolivianos, en 2019 solicitó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que defina si la reelección indefinida (Evo Morales) está protegida por la Convención Americana de Derechos Humanos.
Dos años después, en 2021 el tribunal se pronunció y estableció que la reelección no es un derecho humano. Pues el último fallo del TCP menciona precisamente ese pronunciamiento.
Contrariamente los actuales magistrados del TCP están cuestionados por la resolución que estableció la prórroga de su mandato hasta que se defina a sus sucesores en los comicios judiciales que aún no tienen fecha y al parecer fue para justificar seguir en el cargo o “eternizarse”. La Paz, rc/cm/PAN Noticias.