IN EXTENSO.- Un reciente decreto como norma establece que el RUME estará a cargo del Ministerio de Medio Ambiente y Agua y tiene el objetivo de “registrar a toda persona natural o jurídica que pretenda realizar actividades de importación, exportación o comercialización de mercurio”. En el fondo los explotadores del oro, entre cooperativistas, bolivianos, brasileños, colombianos y otros seguirán utilizando el mercurio y envenenando los ríos, matando a la naturaleza entre peces y plantas, además de afectar a La salud de los habitantes ribereños de los ríos del país.
JOYEROS EN PELIGRO
Sin embargo, el tema se traslado a la ciudad de La Paz, y según un reportaje de Unitel los joyeros de la ciudad de La Paz, en la zona de la Garita de Lima, donde existen joyerías a cada paso utilizan mercurio y en sus talleres colocaron chimeneas hacia las calles y el mercurio evaporado sale al ambiente y suponen que es expuesta la salud de los vecinos, pero en primer grado del joyero que utilizan este metal.
LA NORMA QUE AUTORIZA LA LEGALIDAD
Los ministros y el mismo gobierno se “aplazaron” de pleno a rabo, debido a que como gran cosa y nada de novedad y consuelo para tontos, cuando el gabinete de ministros aprobó hace poco el decreto supremo 4959 para poner en vigencia el Registro Único de Mercurio (RUME), mecanismo mediante el cual se establece el trámite de “Autorización Previa” para el comercio, la importación o exportación del químico que se usa para la explotación de oro, cuando debería eliminarse el uso, ya que esta afectando a varios bolivianos que viven en las riberas de los ríos del norte boliviano.
Son varios los estudios desde hace años que la UMSA publica estas investigaciones de contaminación del mercurio y el daño que hace a la salud de los residentes de las laderas de los ríos afectando a embarazadas, niños y mujeres y el gobierno decide seguir con el uso del mercurio a sus seguidores como los cooperativistas, concesionarios privados y gente furtiva que sin autorización explotan el oro en diferentes regiones del país.
¿PARA CUIDAR LA SALUD?
El decreto “criminal” del seguir usando mercurio en el país, pese al control que es un saludo a la bandera dice mentirosamente “Con la finalidad de proteger la salud humana y reducir el impacto en el medio ambiente provocado por el uso del mercurio, el presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer: a) El Registro Único de Mercurio (RUME) y b) La Autorización Previa para la importación o exportación de mercurio”.
Un estudio de la UMSA y cada año realizan el mismo desde hace años y este 2023 también reveló los altos niveles de mercurio que están por encima de lo permitido que encontraron en el cabello de personas de 36 comunidades indígenas bolivianas, que están afectadas por la minería y el consumo de peces contaminados.
La minería aurífera que ha proliferado y con autorización del gobierno, usa el mercurio pese a las consecuencias. Pero el Gobierno se puede decir que autoriza seguir deteriorando la salud de los ribereños que viven de la pesca de los ríos.
En teoría la norma establece que el RUME estará a cargo del Ministerio de Medio Ambiente y Agua, a través del Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal.
La instancia tiene el objetivo de “registrar a toda persona natural o jurídica, pública o privada que pretenda realizar actividades de importación, exportación o comercialización de mercurio”.
También establece que “los requisitos necesarios para la inscripción de cualquier persona natural o jurídica, pública o privada en el RUME, serán reglamentados por el Ministerio de Medio Ambiente y Agua”.
El artículo 3 del decreto establece que “el Ministerio de Medio Ambiente y Agua, a través del Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal, emitirá la Autorización Previa para la importación o exportación de mercurio, clasificado en la subpartida arancelaria 2805.40.00.00”.
Dicta que “el Consentimiento Escrito previsto en el Convenio de Minamata sobre Mercurio se constituirá en requisito para que el Ministerio de Medio Ambiente y Agua emita la Autorización Previa para la importación o exportación de mercurio”.
LA MENTIRA
El citado convenio del que Bolivia es parte tiene el fin “proteger la salud humana y el medio ambiente de las emisiones y liberaciones antropógenas de mercurio y compuestos de mercurio”.
Para definir el “consentimiento escrito” previsto en el marco del Convenio de Minamata sobre Mercurio el Ministerio de Medio Ambiente y Agua de acuerdo a reglamentación, solicitará criterio técnico a los Ministerios que correspondan sobre la cantidad solicitada y el uso declarado en materia de mercurio”.
La norma establece que a partir de la publicación del decreto y en un plazo máximo de hasta quince días hábiles, el Ministerio de Medio Ambiente y Agua, aprobará la reglamentación correspondiente a través de Resolución Ministerial.
Tras ser aprobada la reglamentación para la “autorización previa” el Ministerio de Medio Ambiente y Agua notificará a la Aduana Nacional, para que en un plazo de dos días hábiles adecue su sistema informático para su cumplimiento. rc/bs/md/hj