IN EXTENSO.- El Gobierno promulgó la Ley 1448 que facilita el cumplimiento de obligaciones tributarias, de manera que contribuyentes que por algún motivo no hayan podido saldar sus deudas puedan hacerlo acogiéndose a facilidades.
Con esta norma se amplía el plazo del arrepentimiento eficaz de 10 a 20 días para que el contribuyente pueda regularizar su situación sin multas en ese periodo de tiempo, en el que también podrá acogerse a un plan de pagos para saldar sus deudas pendientes con el Estado.
De igual forma, se establece una reducción de la sanción por omisión de pago del 100% al 60% del tributo omitido, medida que será aplicada de forma retroactiva en tanto sea más beneficiosa para el contribuyente.
Adicionalmente, con la modificación a la Ley N° 843 se plantea poner en igualdad de condiciones a los contribuyentes que ejercen su profesión u algún oficio de manera independiente, para que estén alcanzados por el RC- IVA como toda persona natural y no así por el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) como sucedía antes de la promulgación de la Ley N° 1448.
Mientras que las entidades territoriales autónomas, en el marco de su dominio tributario, podrán disponer por única vez la continuidad de las facilidades de pago incumplidas, a través de la emisión de una ley específica.
(panbolivia.net-WordPress) 26/7/22, La Paz.
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